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POLÍTICA DE REPARACIÓN

Conoce nuestra política de reparación

(Oficio Ordinario N° 1483 de la Comisión Para el Mercado Financiero)

POLÍTICA DE REPARACIÓN

La Compañía tiene la facultad de indemnizar el siniestro en dinero o encargar la reparación del vehículo siniestrado. 

En caso de que la Compañía opte por encargar la reparación del vehículo, se observará los siguientes criterios en materia de reparación de vehículos siniestrados, en cumplimiento del Oficio Ordinario N° 1483, de la Comisión para el Mercado Financiero, y de conformidad con la Política de Reparación de la Compañía en materia de vehículos siniestrados. 

 

  1. a) Notificación del plazo de reparación: la Compañía comunicará en tiempo y forma al asegurado la estimación del plazo para la reparación del vehículo siniestrado según la magnitud y tipo de daños, disponibilidad de repuestos y talleres.

 

  1. b) Taller: Todos los talleres autorizados por la Compañía son sometidos periódicamente a un proceso de revisión y clasificación en base a aspectos tales como atención de clientes, calidad de reparación, idoneidad técnica y funcional, seguridad, personal, equipos y herramientas, entre otros, a fin de garantizar una adecuada reparación del vehículo.  En caso de que las condiciones particulares no consideren asignación a algún taller específico, la Compañía asignará la reparación del vehículo a algunos de los talleres que pertenezcan a la red de proveedores vigentes de la Compañía al momento del siniestro, considerando los criterios de ubicación geográfica, capacidad disponible, características del vehículo siniestrado y magnitud de los daños.

Nuestra red de proveedores vigentes, contemplan tanto talleres multimarca, especialistas y representantes de marca, entendiéndose como tal: 

 

Taller Multimarca: Aquel taller, de desabolladora, pintura, y mecánica, no representante de la marca del vehículo asegurado, encargado de la reparación y/o cambio de piezas o partes de un vehículo.  

Taller Especialista: Aquel taller que, siendo multimarca, se especializa en la reparación de ciertos daños específicos, tales como, daño de parabrisas, daño en ruedas de repuestos o llantas, daño chapas de puerta, daño en un repuesto o abolladura leve, y cualquier otro tipo de daño que determine la Compañía, de envergadura y tiempo de reparación o cambio semejante, destacando la rapidez y calidad de trabajo. 

Taller Representante de la Marca: Aquel taller concesionario reconocido por la marca del vehículo asegurado, de desabolladora, pintura y mecánica, encargado de la reparación y/o cambio de piezas o partes de un vehículo de marca especifica. 

  1. c) Repuestos: la Compañía establecerá oportunamente los repuestos que serán necesarios y dispondrá su pronta compra y/o importación, según corresponda, garantizando su seguridad, aptitud y funcionalidad adecuada en el vehículo, proporcionando así una alternativa de reemplazo confiable y segura para el correcto funcionamiento de este.

 

  1. d) Seguimiento de los trabajos de reparación: la Compañía velará que los trabajos de reparación se verifiquen sin dilación y sólo en el tiempo indispensable para el cumplimiento de su obligación de indemnizar. Además, la Compañía dispone de mecanismos de control que permiten establecer la funcionalidad y seguridad del servicio solicitado al prestador, otorgando garantía de un año por las reparaciones efectuadas al vehículo asegurado, producto de siniestros cubiertos por el seguro.